18 de Febrero de 2026

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Actualidad logística

Siete cambios a la Ley Aduanera que impactarán a los agentes aduanales

Iniciativa federal prevé más filtros de selección, controles de desempeño y mecanismos de vigilancia
Víctor Lomelí

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No hay fecha que no se llegue, ni plazo que no se cumpla. El gobierno federal envió al Congreso de la Unión la iniciativa de reforma a la Ley Aduanera que, entre otras cosas, endurece los requisitos, obligaciones y sanciones para la figura del agente aduanal, pieza central en el despacho de mercancías.

En días pasados, la secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez, adelantaba que la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, causaría escozor para algunas personas que intervienen en el comercio internacional del país.

En la exposición de motivos se plantea que el marco regulatorio de los agentes aduanales tiene áreas de oportunidad para corregir deficiencias y establecer mecanismos efectivos de control.

Origen y destino de la reforma a la Ley Aduanera

En el documento de más de 450 páginas, se asegura que “la ausencia de incentivos para la autorregulación y la insuficiente capacitación en áreas específicas generan riesgos significativos para el sistema aduanero”.

Por ello, la iniciativa de Reforma a la Ley Aduanera pretende -entre otras cosas, “combatir las prácticas indebidas que socaban la recaudación y afectan el interés público”.

Son dos aristas que la presidenta Claudia Sheinbaum evidenció meses atrás cuando anunció su intención por hacer esta reforma acusando a algunos agentes aduanales de caer en actos de corrupción y favorecer la evasión de impuestos al amparo del programa IMMEX.

El preámbulo de los ajustes propuestos

La iniciativa turnada por el Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión este 9 de septiembre, reconoce a los agentes aduanales y a las agencias aduanales como actores estratégicos para el comercio exterior del país.

De ahí que propone una serie de cambios que fomenten la profesionalización, la transparencia en el despacho de mercancías y cierre los espacios de discrecionalidad.

Comparada con la Ley Aduanera vigente desde la reforma de 2018 y el Reglamento de 2015, los cambios planteados van más allá de ajustes de procedimiento.

La iniciativa prevé modificar las condiciones de acreditación, permanencia y responsabilidades de los agentes aduanales, imponiendo nuevos filtros de selección, controles de desempeño y mecanismos de vigilancia.

1- Vigencia limitada y certificaciones periódicas

Uno de los cambios más disruptivos es el establecimiento de una vigencia de diez años para la patente de agente aduanal y de la agencia aduanal, con posibilidad de renovación, pero condicionada a la acreditación periódica de exámenes de certificación cada dos años.

La Ley vigente reformada en 2018, no fija un plazo de duración de la patente; el andamiaje actual descansa en obligaciones, procedimientos y causales de suspensión, cancelación o extinción.

El propio Título Séptimo “Agentes aduanales, agencias aduanales y dictaminadores aduaneros” estructura ese marco sin establecer una vigencia determinada. La reforma rompe con esa lógica y coloca a los agentes en un esquema similar al de licencias profesionales sujetas a renovación.

La patente será prorrogable por un plazo igual de diez años, “siempre y cuando la solicitud se presente durante el último año de vigencia y se sigan cumpliendo con los requisitos por los cuales le fue otorgada”.

2- Exámenes psicométricos y de confiabilidad

La iniciativa mantiene la obligación a los aspirantes a una patente aduanal, así como a los mandatarios aduanales -quienes actúan a nombre de un agente aduanal ante las autoridades aduaneras- a someterse a exámenes de conocimiento y psicotécnicos.

Sin embargo, la nueva propuesta añade que el examen psicotécnico constará de dos etapas la de confiabilidad y la psicológica, conforme a los lineamientos que al efecto emita la autoridad aduanera.

3- Consejo Aduanero y control colegiado

Una novedad destacada es la creación del Consejo Aduanero, establecido en el nuevo artículo 159 Bis de la iniciativa de Reforma a la Ley Aduanera.

Este órgano colegiado estará conformado por representantes de la Secretaría de Hacienda, el SAT, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).

Se trata de un órgano deliberativo que determinará el otorgamiento de la patente de agente aduanal y de la autorización para agencia aduanal, así como de sus prórrogas.

Asimismo, se encargará de los procedimientos de “inhabilitación, suspensión, cancelación o extinción, a fin de restaurar la confianza en las instituciones y garantizar que los procedimientos se realicen de forma justa”

En contraste, ni la Ley de 2018 ni el Reglamento de 2015 contemplaban un órgano de este tipo. Entre las funciones del Consejo están:

  • Emitir opinión vinculante en los procesos de asignación de patentes
  • Supervisar los procesos de certificación periódica.
  • Recomendar la suspensión preventiva de agentes en casos de riesgo sistémico.

4- Obligados a declarar su patrimonio

Otra nueva disposición contenida en la iniciativa de Reforma a la Ley Aduanera es la presentación obligatoria de la declaración patrimonial anual a más tardar los primeros 10 días del mes de marzo del año siguiente.

Para poder operar, los agentes aduanales eventualmente tendrán que informar sobre bienes, cuentas bancarias y relaciones corporativas relevantes, bajo un esquema similar al de servidores públicos, eso a pesar de no ser parte de la estructura gubernamental.

Asimismo, no deben ser socios, accionistas, representantes legales o tener una relación laboral o vinculación para la persona para la cual tramite operaciones de comercio exterior.

En caso de no cumplirlas, será inhabilitado para operar, según se leeen el documento.

5- Artículo 164. Causales de suspensión de patente

La iniciativa amplía las causales de suspensión previstas en la Ley de 2018. De aprobarse la iniciativa, los agentes aduanales podrán ser suspendidos hasta por 90 días o por otros plazos particulares, cuando:

  • Sean investigados penalmente o vinculados a proceso por haber participado en la comisión de delitos fiscales o la comisión de otro delito cuya media aritmética de la pena de prisión exceda de cinco años. En ese caso, la suspensión durará el tiempo que el agente aduanal se encuentre investigado penalmente o esté vinculado a proceso.
  • Cuando en la operación aduanera que promueva se omita el pago de las contribuciones que se causen o cuotas compensatorias.
  • Por no contar con certificados de sellos digitales vigentes y tener créditos fiscales que no estén garantizados.

6- Artículo 165. La cancelación se dará cuando:

  • El agente aduanal deje de ejercer la patente por más de seis meses: “se entenderá que deja de ejercer la patente cuando el agente aduanal no realice más de diez despachos aduaneros en dicho periodo.
  • Se encuentre como no localizado en su domicilio fiscal o el estatus de este sea inexistente.
  • Haya sido suspendida su patente más de dos veces en el plazo de tres años.
  • Cuando sea condenado en sentencia definitiva por haber participado en la comisión de delitos fiscales o de otros delitos que ameriten pena corporal, no podrá solicitarse nuevamente la autorización para obtener una patente de agente aduanal.

7- Responsabilidad solidaria en agencias aduanales

El documento también fortalece la figura de las agencias aduanales. Si bien ya existían desde la reforma previa, ahora se establece que los agentes aduanales deben ser parte del Consejo de administración de la Agencia.

Se trata de una medida en la que los hace responsables solidarios del pago de los impuestos al comercio exterior y demás contribuciones derivadas de operaciones en que intervengan.

Esto implica que los agentes no podrán escudarse en la personalidad jurídica de las agencias aduanales para deslindarse de deudas fiscales, un ajuste que eleva el riesgo financiero de su participación en estas sociedades.


Víctor Lomelí

Editor Sr. en TLW. Periodista apasionado de las historias de innovación industrial y de logística, el desarrollo de contenido enriquecido con datos reveladores y de crear experiencias que despiertan conexiones de alto valor y nuevas oportunidades de negocio.

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