21 de Noviembre de 2024

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Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023, segunda parte

Carlos Juárez
Comercio Exterior

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El documento se publicó en el Diario Oficial de la Federación.

En él se incluyeron los Anexos 1, 2 y 13, mismos que entraron en vigor el 1 de enero de 2023 con sus excepciones.

En THE LOGISTICS WORLD® presentamos un primer artículo con el contenido de ese documento y ahora terminamos el repaso de las nuevas reglas, puedes verlo acá: Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023, primera parte

Actualización de multas y cantidades que establece la ley aduanera

Se modifica la regla 1.1.6 para adicionar la fracción X, la cual, señala la mecánica realizada para actualizar las multas y cantidades contenidas en la Ley aduanera y su Reglamento, mismas que son descritas en el Anexo 13 de las RGCE.

Solicitudes de copias certificadas

Se actualiza la regla 1.1.10 para señalar que en solicitudes de copias certificadas de pedimentos y/o cualquiera de sus anexos, emitidas por la Federación, Entidades Federativas, Municipios o Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, en asuntos oficiales y/o de su competencia, no pagarán los Derechos correspondientes.

Esto aplica siempre y cuando se actualicen dos supuestos:

  1. Haber presentado oficio dirigido a la Dirección General de Investigación Aduanera de la ANAM (D.G.I.A.).
  2. Que la solicitud hecha no derive de la petición de un particular.

Forma de genera los trámites del Anexo 2

Se actualiza la regla 1.2.2. para señalar que los trámites del Anexo 2 que se realizan ante la Dirección General Jurídica de Aduanas (D.G.J.A.), Dirección General de Investigación Aduanera (D.G.I.A.), Dirección General de Operación Aduanera (D.G.O.A.) y Administración General de Servicios al Contribuyente (A.G.S.C.) se presentarán en el Portal del SAT.

Comercio Exterior

Consultas sobre comercio exterior

Aplicará para revisiones con asociaciones patronales y sindicatos obreros.

También con cámaras de comercio e industrial, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, colegios de profesionales y asociaciones civiles.

Se actualiza la regla 1.2.8. para señalar que la Administración Central de Normatividad en Comercio Exterior de la Administración General Jurídica (A.C.N.C.E.) podrá resolver consultas que se formulen sobre situaciones de comercio exterior.

Y para que sea efectivo debe presentarse conforme la ficha 3/LA del Anexo 2.

Emisión de resoluciones anticipadas en términos de los acuerdos comerciales o tratados de libre comercio suscritos por México

Se actualiza la regla 1.2.10 para modificar únicamente la referencia de Administración Central de Normatividad en Comercio Exterior y Aduanal (A.C.N.C.E.A.).

Ahora se usará la de Administración Central de Normatividad en Comercio Exterior de la Administración General Jurídica (A.C.N.C.E.).

Aviso de fallecimiento de agente aduanal

Se actualiza la regla 1.4.8. para señalar que en dicho caso será el mandatario quien presentará el aviso correspondiente.

Debe ir acompañado de la copia certificada del acta de defunción y se presentará ante la Dirección General Jurídica de Aduanas (D.G.J.A.).

Transferencia de cuentas aduaneras a la Tesofe

Se actualiza la regla 1.6.27 para señalar que las transferencias efectuadas por las instituciones de crédito o casas de bolsa autorizadas.

Deberán ser notificadas a la Tesorería de la Federación (TESOFE) y a la Dirección General de Operación Aduanera (D.G.O.A.).

Por si te lo perdiste:
Nuevos lineamientos para programas de comercio exterior IMMEX y PROSEC

También deberán ser notificadas la Dirección General de Investigación Aduanera (D.G.I.A.) y la Dirección General de Recaudación (D.G.R.).

Obligaciones de los autorizados para prestar servicios de prevalidación electrónica

La regla 1.8.2 se actualiza para modificar únicamente la referencia de la Administración Central de Investigación Aduanera (A.C.I.A.) por la de Dirección General de Investigación Aduanera (D.G.I.A.).

También lee:
Transformación digital de las aduanas para mejorar la capacidad de respuesta del sector

Designación de aspirante para agente aduanal

Se actualiza la regla 1.12.5 para eliminar el supuesto en que se indicaba que la agencia aduanal autorizada cuyo agente aduanal falleció o se retiró por incapacidad permanente, podía designar al aspirante para participar en el concurso y obtener la patente del agente aduanal que falleció o se retiró.

THE LOGISTICS WORLD®


Carlos Juárez

Reportero de THE LOGISTICS WORLD® especializado en logística y cadena de suministro, con más de 15 años de experiencia. También cubre fuentes mundiales, de economía y negocios, y colabora para UnoTV.

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