El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) no sólo favorecerá las exportaciones entre los tres países firmantes, sino que también representará un impulso para transportistas mexicanos, especialmente en lo referente al transporte transfronterizo.
Durante su participación en el foro
El transporte de carga en el T-MEC, organizado por la
Asociación Nacional de Transporte Privado (ANTP), Guillermo Malpica Soto, director de la American Chamber of Commerce, capítulo Monterrey, precisó que el nuevo acuerdo garantiza la solicitud de nuevos permisos para transportistas mexicanos en recorridos de larga distancia en el transporte transfronterizo.
Los beneficios del T-MEC
Malpica señaló que son tres los principales beneficios del T-MEC en general:
- Preservar la integración de América del Norte
- Garantizar el acceso a mercados
- Proveer certidumbre
En materia de transporte, existe actualmente una flota de 15.5 millones de camiones en Estados Unidos y 3.5 millones de conductores norteamericanos, mientras que operan en ese país 482 camiones de México y 531 operadores.
Con el T-MEC, las empresas transportistas podrán hacer servicio transfronterizo de carga o pasajeros de largo recorrido, fuera de un programa demostrativo, pero sujeto a un permiso otorgado por el Departamento de Transporte de Estados Unidos (DOT).
Se estima que existen 66 empresas mexicanas que brindan servicios de transporte transfronterizo y no existe impedimento por parte del Departamento de Transportes de Estados Unidos (autoridad que otorga estos permisos) para eliminar los permisos actualmente en vigor o evitar la solicitud de nuevos permisos.
¿Cuáles son las diferencias entre el T-MEC y el TLCAN?
El T-MEC sustituye al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), acuerdo comercial que estuvo en operación durante 26 años. Malpica Soto señaló que a fin de que los transportistas se beneficien del nuevo acuerdo primero es clave conocerlo.
El T-MEC contiene 34 capítulos, en comparación con los 22 incluidos en el TLCAN. No sólo se han agregado nuevos capítulos, sino que se modernizaron sustancialmente muchos de los ya existentes. En el caso del tema de transporte, éste está englobado en el capítulo general de comercio de servicios, en tanto que el cross border se inserta en el capítulo de comercio transfronterizo de servicios.
Anexos 1 y 11 del T-MEC
El actual T-MEC concentra los principios del transporte transfronterizo en los Anexos I y II (el TLCAN distribuía estas obligaciones en cuatro anexos). En el Anexo I se explica la regulación de los países que entran al acuerdo y se presenta lo que no pueden hacer los extranjeros en términos de servicios o inversión.
“El Anexo II es el equivalente en bienes a las exclusiones, aquellos bienes que no entran en la desgravación arancelaria porque son muy sensibles o porque no hay suficiente regulación para ellas o son muy nuevas”, detalló el experto.
Reciprocidad en cabotaje
Los anexos arriba descritos se regulan por los principios de Standstill y Ratchet, que describen las obligaciones de México, Estados Unidos y Canadá antes y después del establecimiento de cualquier tratado comercial. De igual forma, algunos de los cambios del T-MEC respecto a servicios de inversión se instalan en la Reserva 1-12 de Estados Unidos.
Por ejemplo, en materia de inversión, la Reserva indica que las empresas que realicen cabotaje están sujetas a reciprocidad. En temas de servicio, se señala que el cabotaje de carga o pasajeros es sólo para personas de Estados Unidos, en camiones de Estados Unidos o importados desde dicho país.
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