El Código de Buenas Prácticas Empresarias para Operadores Logísticos es fundamentalmente una guía de principios éticos a cumplimentar por aquellas empresas que deseen incorporar el sello de calidad, que una vez certificado, a través de un sistema de evaluación fiable y otorgado por instituciones de
prestigio, les permitirá obtener esta marca de calidad que reconoce un compromiso de excelencia con el mercado logístico.
Las empresas socias de CEDOL, han determinado que en el desarrollo actual del mercado y sus condiciones, el mejor camino es el de dar cumplimiento a la “Responsabilidad Social Empresaria” y por ello se ha pensado en una serie de principios que constituyen el Código de Buenas Prácticas Empresarias como una herramienta para lograr ese objetivo.
Con este sello, CEDOL quiere distinguir a aquellas empresas que respeten las reglas descriptas, buscando de esta forma desarrollar las mejores prácticas empresarias. Éstos son los principios éticos que definen la filosofía del sello de calidad y permitirán su obtención:
1. Principio de Independencia
2. Principio de Libre Competencia
3. Principio de Sustentabilidad en el Tiempo
4. Principio de Establecimiento de Estandares de Servicio
5. Principio de Compromiso con la Calidad y Seguridad
6. Principio de Dignificación de la Subcontratación
7. Principio de Cumplimiento de las Normas Laborales e Impositivas
8. Principio de Respeto por el Capital Humano
9. Principio de Cobertura de Riesgos y Responsabilidades
10. Principio de Respeto por el Medio Ambiente
11. Principio de Transparencia
12. Principio de Confidencialidad
13. Principio de Control y Autocontrol
A continuación, conozca cada principio por dentro:
1. Principio de Independencia:
Para que no se vea afectada su capacidad de decisión y para ser considerado dentro del presente código, el operador logístico, deberá tener en cuenta los siguientes puntos:
• Sus ingresos deberán ser el producto de la realización de actividades
de operaciones logísticas y no de otras.
• Sus ingresos no deberán proceder de la realización de actividades para un único cliente, en los casos en que éste pertenezca a la estructura accionaria del denominado operador.
El cumplimiento del presente principio define su posible perfil a los efectos del cumplimiento de la definición de operador logístico ya mencionada y constituye un “pasa o no pasa” y por ello no existe asignación de puntuación pues no debería estar siendo valuado.
2. Principio de Libre Competencia:
Su cumplimiento supone que el operador logístico tendrá libertad a la hora de llevar a cabo su actividad y los clientes tendrán la libertad de seleccionar a uno u otro operador a los fines de sus servicios. Esto infiere el cumplimiento de los siguientes puntos:
• Ofrecer a los clientes información suficiente sobre sus recursos y niveles de servicio así como sobre la transparencia de las tarifas a aplicar por el servicio brindado y los elementos del costo.
• No establecer tarifas por debajo de los costos propios de la operación de que se trate y contar con una metodología clara para el cálculo de las mismas en relación a cada nivel de servicio brindado.
• Fomentar y brindarse a sus posibles clientes a los efectos que los mismos puedan realizar los análisis y ponderación de sus recursos y capacidades.
3. Principio de Sustentabilidad en el Tiempo:
Por el tipo de servicios brindados y su relación con sus clientes y con el mercado será de vital importancia el cumplimiento de principios de una buena administración económica-financiera que le permitan ser rentable y sostenible en el tiempo pudiendo al mismo tiempo:
• Mantener sus niveles de servicio tal como fueron pactados.
• Actualizar y mantener sus recursos tecnológicos y de inversión.
• Fidelizar y fomentar el desarrollo de sus colaboradores.
• Satisfacer a sus accionistas
4. Principio de Establecimiento de Estandares de Servicio:
El operador logístico deberá definir en forma conjunta con el cliente los atributos de los niveles de servicio pactados y convenir la presentación de la performance de cumplimiento en forma periódica, lo mismo deberá convenir con respecto al cumplimiento del cliente en cuanto a sus obligaciones. En forma resumida:
• Definir los requerimientos de cada nivel de servicio.
• Explicitar las obligaciones del cliente con respecto a dichos servicios.
• Presentar los Indicadores de Gestión (KPIs) que muestren claramente el cumplimiento de los niveles de servicio.
• Definir los Planes de Acción que sean necesarios para el cumplimiento de estos estándares de servicio o sus correcciones.
5. Principio de Compromiso con la Calidad y Seguridad:
El operador logístico deberá tener y mantener un fuerte compromiso institucional con los principios de la calidad y la seguridad. Esto supone:
• Adecuar sus procedimientos y procesos para el cumplimento de los niveles de servicio pactados con el cliente.
• Fomentar el trabajo en equipo con sus clientes a los fines de obtener mejoras significativas en los sistemas de calidad.
• Fomentar las actividades de capacitación de sus equipos permitiendo la implementación de sistemas de calidad y seguridad.
• Existencia de compromisos fehacientes sobre temas de seguridad patrimonial, vial y existencia de metodologías de detección de otros riesgos corporativos tanto para su Institución como para el Cliente.
6. Principio de Dignificación de la Subcontratación:
Dado que la actividad normal de un operador logístico consiste en trabajar con recursos propios y recursos subcontratados, es que se hace necesario la existencia de un sistema de contratación de proveedores que cumplan con los criterios de máximo respeto a las reglas y normas que rigen la actividad, dignificando al mismo tiempo a estos proveedores, otorgándoles los recursos comprometidos en tiempo y forma y la capacitación y comunicación necesaria para el buen cumplimiento de sus actividades. Este es un principio fundamental a los efectos de la seguridad a otorgar a los clientes del Operador Logístico. De forma específica se trata de:
• Existencia explícita de una metodología segura de contratación y su cumplimiento.
• Tener definidos los criterios a tener en cuenta para la subcontratación de actividades, siempre manteniendo el respeto a las normas en materia laboral, de seguridad, de reglas de conducción segura y toda otra disposición que haga a la responsabilidad sobre estos recursos.
• Tener definidas las normas de calidad exigibles a empresas subcontratadas que
funcionen con independencia, todos los principios del presente se hacen extensivos a los subcontratados.
• Tener y mantener sistemas de control sobre estos recursos de terceros.
7. Principio de Cumplimiento de las Normas Laborales e Impositivas:
El operador logístico ha de observar el estricto cumplimiento de las normas laborales, previsionales e impositivas, con el objetivo de velar por la legalidad y ética empresaria dentro del sector. Asimismo deberá cumplir con todos los requisitos inherentes a estas normativas en materia de prevención de riesgos laborales y de seguridad buscando siempre la mayor transparencia en la responsabilidad empresaria, eliminando los riesgos en los que podría asumir responsabilidades el cliente. Ello implicará:
• Cumplimentar todos los temas relacionados con el encuadramiento sindical y con el cumplimiento de obligaciones remunerativas y de cargas sociales que correspondan en cada caso.
• Definir un sistema de riesgos laborales que tenga en cuenta los procedimientos,
procesos, responsabilidades, prácticas y recursos en materia de política de
prevención, de seguridad y de seguros de la empresa, tanto de la mano de obra como de los bienes patrimoniales.
• Tener y mantener un adecuado cumplimiento, control y registro de las operaciones
efectuadas, como así también de los pagos realizados en conceptos de tasas,
impuestos, tributos u otras obligaciones fiscales a nivel Nacional,Provincial o
Municipal.
8. Principio de Respeto por el Capital Humano:
Dado que la actividad del operador logístico constituye un servicio, el principal recurso para el cumplimiento del mismo en los niveles pactados con los clientes, es el recurso del “capital humano” y por ello debe constituir un principio fundamental a
los efectos del alcance de los objetivos. Entre otras se deberá verificar:
• La existencia de una estructura formal y un plan de desarrollo organizacional que
vincule a los distintos responsables con su fuerza de trabajo y los servicios a
realizar.
• Cumplimentar todos los temas relacionados con la solvencia técnico-profesional
del personal involucrado en las operaciones, así como la existencia de planes de
capacitación técnica y de mejora continua en todos los niveles de la Organización.
• Fomento del trabajo en equipo propio y de éste con el capital humano de su
cliente.
• Fomento del Desarrollo de su personal y de las condiciones de liderazgo efectivo.
• Existencia de una política de remuneraciones y retribuciones por niveles y
objetivos.
9. Principio de Cobertura de Riesgos y Responsabilidades:
El operador logístico tomará todas las medidas correspondientes con el objetivo de hacer frente ante terceros por cualquier tipo de anomalía en el servicio, sea por acciones u omisiones atribuibles a la actividad misma del operador, salvo hecho fortuito o caso de fuerza mayor. Entre otras:
• Definir con cada cliente de manera previa al inicio de las operaciones con el mismo, cuales son las zonas de riesgo y la manera en que se cubren, de quien es la cobertura, donde comienza y donde termina la responsabilidad de cada una de las partes dentro del proceso.
• Tener y mantener procedimientos que garanticen un funcionamiento de la actividad con detección a tiempo de cualquier tipo de desvío en el servicio.
• Contratar servicios de empresas de seguridad tanto física como tecnológicas acordes a los niveles de seguridad patrimonial del servicio a brindar y siempre de acuerdo al nivel de servicios comprometido con el cliente.
• Mantener normas y procedimientos de seguridad para los sistemas informáticos que mantengan la información de los clientes.
• Mantener planes de contingencia ante riesgos varios.
• Contratar y mantener Coberturas de Seguros especializadas en todo tipo de Riesgo Operativo y con empresas de Seguros de explícita solvencia financiera. Verificar la misma condición cuando la cobertura sea responsabilidad del cliente
10. Principio de Respeto por el Medio Ambiente:
El operador logístico y sus clientes deberán ser conscientes de sus compromisos con el medio ambiente y con la sociedad, por lo que han de considerar a éstos tanto dentro y fuera de sus ámbitos de actividad como un tema significativo según el impacto que la prestación pueda producir. Entre otros temas se deberá considerar:
• Respeto a las normas vigentes sobre el tema ambiental.
• Hacer de la limpieza y la gestión de residuos una buena práctica ambiental que permita con la colaboración de clientes y proveedores especializados mejorar la gestión sobre el medio ambiente.
• Capacitar a los colaboradores en materia de control de emisiones y residuos de manera tal que se vaya constituyendo una política ambiental global.
11. Principio de Transparencia:
El operador logístico fomentará la transparencia en todos los niveles de la organización y de éstos con los sectores de interés con los que interactúa, clientes, proveedores, accionistas, colaboradores y la comunidad de negocios en general. De manera específica se tendrá en cuenta:
• El tratamiento dado a la información a presentar a los clientes con respecto a las operaciones logísticas, valorando que la misma sea correcta desde el punto de vista de la información y que sea oportuna con respecto a las posibles acciones a desarrollarse.
• Facilitar información de interés de la sociedad y de cámaras como CEDOL u otras, para el mejor conocimiento del sector de los operadores logísticos, mejorando de esta manera la imagen institucional del sector.
12. Principio de Confidencialidad:
El operador logístico valorará de manera específica la necesidad de mantener la confidencialidad de los datos relativos a sus clientes. Ello implica:
• Poder firmar acuerdos de confidencialidad con sus clientes que tomen en cuenta a sus colaboradores.
• Disponer de sistemas de información seguros ante consultas no autorizadas tanto por parte de colaboradores internos como de agentes externos.
• Poder garantizar el buen uso y la no difusión de la información facilitada por los clientes, uso que deberá ser exclusivo de la actividad del Operador Logístico y nunca se deberá utilizar para otras actividades ni del operador ni de terceros contratados por el mismo.
13. Principio de Control y Autocontrol:
Dado que la categorización y la obtención del sello de calidad dentro del “Código de Buenas Prácticas Empresarias para Operadores Logísticos” es otorgada por profesionales independientes que pertenecen a prestigiosas consultoras, dando la garantía de equidad necesaria, es que el operador logístico deberá estar dispuesto a cumplimentar las distintas fases para el otorgamiento.
a. Presentar la Solicitud a CEDOL.
b. Realizar un proceso de autocontrol que incluirá la descripción a nivel de detalle de todos los puntos anteriores.
c. Aceptar la evaluación externa que se le practicará sobre todos los puntos anteriores hasta obtener el sello de calidad y luego aceptar las auditorías periódicas que se determinen y sus resultados.
Conclusiones:
• Los trece principios éticos mencionados son los que los responsables máximos y apoderados de las empresas, que deseen obtener el sello de calidad, deberán analizar e investigar en sus organizaciones, ya que son los que definen la filosofía general del sello de calidad a otorgarse.
• El cumplimiento de las normas establecidas dará lugar a la obtención del sello de calidad. De esta manera, serán merecedoras del sello aquellas empresas que asuman un compromiso de calidad, seriedad y respeto con los principios con los que se ha elaborado el presente “Código de Buenas Prácticas Empresarias para Operadores Logísticos”.
• Con este sello de calidad, CEDOL, quiere distinguir a aquellas empresas que respeten los principios descriptos en esta publicación, fomentando de esta manera las mejores prácticas empresarias.