El proyecto del Fondo de Ahorro de Panamá (FAP) fue presentado por Frank De Lima, ministro de Economía y Finanzas, el cual prevé como principal fuente de ingresos los excedentes del Canal de Panamá a partir de su capitalización en el 2015, cuando entre en funcionamiento su tercer juego de esclusas.
La Asamblea Nacional será la encargada de aprobar esta iniciativa que garantiza el capital y que contempla que los retiros de este fondo sólo se podrán realizar cuando se declare un estado de emergencia en el país, siempre que el costo sea igual o superior al 0.5% del Producto Interno Bruto (PIB) y en el momento en que se registre una desaceleración económica, detalla el informe que sustenta del proyecto.
El dinero inicial del FAP provendrá del 100% de los activos del Fondo Fiduciario para el Desarrollo (FFD), el cual desaparecerá una vez se apruebe y sancione su norma regulatoria. A la fecha, el Fondo Fiduciario tiene mil 333 millones de dólares en activos administrados por bancos de inversión en Estados Unidos como JP Morgan y BlackRock.
Los fondos de este plan también se podrán utilizar para prepagar y retirar deuda soberana emitida por el Estado a través del gobierno central, siempre que sus activos sean superiores al 5% del PIB del año anterior.
Asimismo, el Banco Nacional quien fungirá como la institución que soportará el fideicomiso, podrá contratar un Seguro Catastrófico, como herramienta de previsión ante posibles desastres naturales y mantenerlo hasta tanto los activos del FAP no excedan en 5% el PIB del año anterior.
De acuerdo con este plan, el fondo soberano será administrado por una junta directiva, la cual será evaluada por una comisión supervisora que se reunirá una vez al año, a más tardar el 30 de abril, para revisar el informe anual que emitan los directivos.
En el documento se determinada que la comisión supervisora estará conformada por representantes del Consejo Ecuménico, el Consejo Nacional de Trabajadores (Conato), el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), los contadores públicos y del Colegio de Economistas.
Además, prohíbe el uso de los recursos para inversiones en empresas donde el presidente de la República, el vicepresidente, los ministros de Estado y sus familiares mantengan una participación accionaría, directa o indirecta.
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