Evitar accidentes y mejorar la seguridad en las carreteras de México, son las prioridades de la Norma Oficial Mexicana NOM-087, que regula los tiempos de conducción de los choferes del servicio de autotransporte federal, que deberán hacer una pausa de 30 minutos cuando hayan manejado hasta cinco horas y media, asimismo, llevarán una bitácora de servicio y exhibirla cuando les sea requerida, informó la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
Para transporte de carga el tiempo máximo de conducción es de 14 horas, después de las cuales el conductor tiene que hacer una pausa no menor a ocho horas continuas, además de las pausas mínimas de 30 minutos cada cinco horas, señaló la dependencia en un comunicado de prensa.
Y añadió que la entrada en vigor de esta norma, denominada Norma de fatiga, es un parteaguas en el desarrollo del autotransporte federal y será una de las medidas con mayor impacto en beneficio de la seguridad en las carreteras del país.
Entre las nuevas disposiciones de la NOM-087 están que todo conductor deberá hacer una pausa en el manejo de los vehículos o podrán distribuir la pausa durante un lapso de cinco horas y media, de acuerdo con las condiciones del viaje. Además, puntualiza que los periodos de descanso diario de conducción en ningún caso serán acumulables.
En la elaboración de esta Norma participaron representantes del Gobierno Federal, incluyendo a Petróleos Mexicanos (PEMEX), las cámaras y asociaciones de la industria del transporte como la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR), Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA), Asociación Nacional de Productores, Autobuses, Camiones y Tractocamiones (ANPACT), Asociación Nacional de Transporte Privado (ANTP), Asociación Mexicana de Ferrocarriles (AMF) y Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos (CONATRAM).
Así como empresas permisionarias, como la Cámara Nacional de la Industria (CANACINTRA), Confederación de Cámaras Industriales (CONCAMIN), la Asociación Mexicana de la Industria Química; y centros de investigación como el Instituto Mexicano del Petróleo (IMP), Instituto Politécnico Nacional (IPN), la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y Academia Nacional de Medicina de México.
“El 7 de junio de 2018 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las respuestas a los comentarios sobre la NOM de fatiga. Tras su publicación en el DOF el 28 de junio del presente año, entrará en vigor 60 días naturales después”, se indicó.