La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó, por mayoría de siete votos, el cobro del 2% a plataformas digitales de movilidad y entrega por el uso y aprovechamiento de infraestructura urbana en la Ciudad de México (CDMX). Esta decisión impactará a empresas como Uber, DiDi y Rappi, pero ¿cambiará la logística de última milla?
Antes de avanzar a esa respuesta, es relevante mencionar que la resolución, confirmada ayer mediante un boletín oficial de la Secretaría de Administración y Finanzas capitalina, establece que el cobro es un aprovechamiento no tributario, no un impuesto, y que recae solo en las empresas operadoras de aplicaciones y no en repartidores ni consumidores finales.
El fallo revocó un amparo previamente otorgado a Uber y ratificó la constitucionalidad del Artículo 307-TER del Código Fiscal de la CDMX, que desde 2021 buscaba compensar el desgaste vial y el uso intensivo de la infraestructura provocado por vehículos de reparto y movilidad.
Sin embargo, más allá de la decisión jurídica, la medida abre un nuevo capítulo para la logística urbana, la operación de plataformas y el ecosistema de última milla en la ciudad más poblada del país.
¿Cuál es la importancia de esta resolución de la SCJN?
Esta resolución supuso un giro significativo respecto a dictámenes previos; mientras que, en junio de 2025, la Segunda Sala de la SCJN había declarado inconstitucional un cobro similar, el Pleno ahora reconoce que el uso intensivo de la infraestructura pública por parte de las plataformas para generar ingresos puede ser sujeto de un aprovechamiento.
Los ministros Hugo Aguilar, Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel, María Estela Ríos, Sara Irene Herrerías y Arístides Guerrero, respaldaron la constitucionalidad del cobro; en tanto que, Irving Espinosa y Giovanni Figueroa, votaron en contra al considerar que la norma carece de precisión y podría vulnerar principios de legalidad y seguridad jurídica.
Aunque el gobierno capitalino sostiene que el gravamen solo aplica a las empresas, actores especializados advierten que esto podría generar ajustes en tarifas, comisiones y estrategias de reparto.

Las plataformas podrían:
- Absorber el costo y reducir márgenes en periodos de alta demanda.
- Trasladarlo indirectamente mediante cambios en sus modelos tarifarios.
- Modificar políticas de incentivos para repartidores.
- Reconfigurar zonas, horarios o tipos de vehículos para optimizar el uso de infraestructura.
- Impulsar migración hacia modelos eléctricos o de baja huella urbana.
Para el sector logístico, la medida introduce una variable adicional en un mercado ya presionado por inflación operativa, saturación vial y exigencias regulatorias crecientes.
Última milla: el segmento con mayor exposición al cambio
La última milla ha sido el componente más dinámico del e-commerce en México; tan solo en CDMX, las plataformas de entrega mueven cada día miles de órdenes en motocicletas, autos particulares, bicicletas y triciclos eléctricos.
Con el cobro validado:
- Los servicios de delivery on-demand (Rappi, Uber Eats, DiDi Food, Cornershop) serán los más afectados.
- Las flotas de reparto propias de retailers también pueden enfrentar presiones si las plataformas ajustan tarifas de integración o convenios.
- Podrían acelerarse iniciativas de microhubs urbanos, consolidación de rutas y uso de vehículos ligeros.
- Empresas 3PL y operadores logísticos podrían competir con mayor fuerza ofreciendo entregas de proximidad con estructuras de costo distintas.

Para un sector caracterizado por tiempos críticos y márgenes estrechos, la incorporación del 2% puede cambiar ecuaciones operativas que hasta ahora parecían estables.
Repartidores y asociaciones alertan sobre efectos regresivos
Durante la sesión de la Corte, alrededor de 200 integrantes de Repartidores Unidos de México protestaron afuera del edificio del Pleno porque argumentan que las plataformas podrían compensar el pago con ajustes a comisiones, lo cual impactaría directamente en sus ingresos.
La organización Alianza In México también lamentó el fallo, señalando que la medida podría generar un trato fiscal discriminatorio entre modelos de negocio, que existe riesgo de contravención con compromisos del T-MEC y que persisten precedentes contradictorios con la sentencia de junio de 2025, lo que aumenta la incertidumbre jurídica.
Si bien la SCJN afirma que el cobro será a empresas, hasta el momento no han señalado qué autoridad fiscal o judicial establecería los mecanismos formales para monitorear que no se trasladen indirectamente los montos a repartidores o consumidores.
¿Qué sigue para plataformas, retailers y operadores logísticos?
Con la decisión de la Corte, el gobierno capitalino cuenta con respaldo para comenzar —o continuar— con la aplicación del 2% sobre las comisiones de las plataformas, lo que viene incluye:
- Reconfiguración tarifaria en movilidad y reparto. Las empresas deberán decidir si absorben el costo o rediseñan modelos de cobro.
- Ajustes contractuales con comercios afiliados. Retailers, supermercados y restaurantes podrían enfrentar incrementos o cambios en sus condiciones de integración.
- Optimización de flotas y rutas. Habrá más presión por reducir kilómetros recorridos, implementar algoritmos de densidad y consolidar entregas.
- Mayor escrutinio legal. Es probable que surjan nuevas impugnaciones o recursos especialmente en torno a legalidad fiscal, trato no discriminatorio y competencia económica.
- Innovación en logística urbana. La medida podría acelerar la adopción de tecnologías de distribución con menor impacto urbano (vehículos eléctricos ligeros, lockers, hubs cercanos).
Si bien el fallo de la SCJN ha polarizado opiniones, también marca un precedente que otras ciudades, tanto en México como en América Latina, estarán observando de cerca porque le otorga a la CDMX certeza jurídica para recaudar un fondo destinado a la movilidad e infraestructura, pero no garantiza que el costo real no impacte a las empresas, sino a los repartidores y consumidores.














