Las últimas semanas han marcado lo que parece que serán los primeros de varios intentos por regular el uso de motocicletas y vehículos eléctricos, con iniciativas legislativas en Puebla, Ciudad de México y Nuevo León que buscan abordar desafíos urgentes como la seguridad vial, la prevención del delito y la profesionalización de este medio de transporte, vital para la logística urbana.
Estas reformas, aunque diferenciadas por su enfoque geográfico y técnico, comparten un objetivo común: equilibrar la operatividad de las motocicletas y vehículos eléctricos —esenciales para empresas, especialmente pymes— con la protección de la vida y la seguridad pública.
Puebla, más de 30% sin registro
En Puebla, una iniciativa presentada el pasado 22 mayo de 2025 busca una reforma a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial con medidas que apuntan a la identificación pronta del propietario o conductor y la seguridad al circular. Entre los cambios destacan la obligatoriedad de portar cascos con calcomanías visibles que muestren el número de placa, chalecos con al menos 20% de material reflejante y el registro formal de todas las motocicletas, bajo sanciones como el retiro de vehículos que circulen sin placas.
Además, se restringe la circulación de bicicletas eléctricas y monopatines en vías primarias o de alta velocidad, salvo en infraestructura segregada. Estos ajustes responden a un contexto donde, de las 237,564 motos activas en el estado, solo 187,767 están registradas, lo que dificulta el rastreo en incidentes o delitos.
La exposición de motivos subraya que el 60% de los robos violentos en la Ciudad de México durante 2024 involucraron motocicletas, un patrón que Puebla busca evitar.
CDMX, contra los delitos motorizados
Por su parte, la Ciudad de México, bajo la administración de Clara Brugada, anunció hace pocos días un paquete de reformas para combatir el uso delictivo de motos mientras se refuerza la seguridad vial.
Las medidas incluyen la exigencia de licencias para operar motos eléctricas y scooters, la emisión obligatoria de placas y tarjetas de circulación incluso para vehículos eléctricos, y una campaña de concientización pública programada para septiembre de 2025. Estos cambios surgen tras incidentes de alto perfil, como el asesinato de funcionarios por parte de individuos que emplearon motocicletas para escapar; además, la apuesta es a reducir el porcentaje de robos violentos asociados a este medio.
Aunque grupos civiles apoyan la iniciativa, asociaciones de motociclistas han alertado sobre posibles afectaciones a repartidores, quienes dependen de las motos para su sustento. Brugada ha aclarado que el objetivo no es criminalizar a los trabajadores, sino crear un entorno más seguro.
Al límite
Un elemento destacado en la propuesta del gobierno de la capital es la creación de la categoría Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (Vemepes), que incluirá a motocicletas, bicicletas, triciclos eléctricos, monopatines y scooters que alcancen más de 25 km/h. Éstos deberán contar con licencia específica, placa, tarjeta de circulación, casco y luces encendidas, equiparándose a las normas de motos de combustión.
La iniciativa también busca que estos vehículos se clasifiquen en dos categorías:
- Tipo A (menos de 35 kg)
- Tipo B (35 a 350 kg), con prohibición de circular en ciclovías, banquetas o zonas peatonales. Para las empresas de reparto que usan estos vehículos, esto implica adaptarse a trámites adicionales y restricciones de movilidad, pero también ofrece ventajas: la regulación podría reducir accidentes y conflictos con peatones, mejorando la eficiencia en rutas dedicadas.
Nuevo León: nuevas disposiciones para el delivery
En contraste, Nuevo León optó en abril de 2025 por una reforma integral mediante la publicación del Decreto 088, que homologa la motocicleta como herramienta logística. La ley ahora define con precisión qué se considera una “motocicleta” –vehículos con potencia superior a 1.34 caballos de fuerza o cilindrada mayor a 49 cm³.
Una moto de reparto típica, como una Yamaha YBR 125, tiene una cilindrada de 125 cm³, por lo que es considerada una motocicleta bajo esta definición.
Una bicicleta eléctrica con un motor de 0.75 kW (750 vatios) no sería una motocicleta, sino una bicicleta asistida, y no estaría sujeta a estas reglas.
Las motos usadas para entregas (como las de plataformas como Rappi o Uber Eats) suelen tener cilindradas mayores a 49 cm³ (por ejemplo, 110 cm³ o 125 cm³), por lo que caen bajo esta definición y deben cumplir con las nuevas reglas del Decreto 088, como:
- Tener faros, espejos retrovisores, luces de freno y direccionales en buen estado.
- Usar chalecos reflectantes para los repartidores.
- Cumplir con capacitaciones obligatorias.
Esto puede aumentar los costos para las empresas, ya que deben asegurar que sus motos estén en buen estado mecánico y que los repartidores usen el equipo requerido. Sin embargo, estas medidas pueden reducir accidentes, lo que podría bajar costos de seguros a largo plazo.

El Decreto introduce figuras como los “motopuertos”, definidos como espacios de estacionamiento exclusivo para motocicletas, como un lugar designado en la calle o en un estacionamiento público donde sólo las motos pueden estacionarse, para evitar que se estacionen en lugares no permitidos, como banquetas o zonas peatonales.
Para empresas de reparto y logística, esto significa que los repartidores tendrán lugares específicos para estacionar mientras hacen entregas, lo que puede hacer sus operaciones más ordenadas y evitar multas por estacionarse en lugares prohibidos.
Sin embargo, si los motopuertos son de pago o están lejos de las zonas de entrega, podrían aumentar los costos o complicar los tiempos de entrega. Las empresas podrían necesitar ajustar sus rutas o coordinarse con las autoridades para que los motopuertos estén en lugares convenientes para las entregas.
Además, se reforzaron sanciones por prácticas riesgosas: circular con carga que obstruya la visibilidad, usar aceras o realizar maniobras en paralelo. Técnicamente, se exigen luces direccionales, espejos laterales y chalecos reflectantes para repartidores, mientras la Secretaría de Movilidad impulsará capacitación en conducción defensiva.
La exposición de motivos destaca que estas medidas buscan profesionalizar el sector, reducir accidentes y mejorar la eficiencia en entregas.
Regulaciones para la convivencia
Para las empresas, especialmente las pymes que dependen de motos y Vemepes para reparto, estos cambios implican tanto desafíos como oportunidades. En Puebla y CDMX, los costos operativos podrían aumentar por la necesidad de invertir en chalecos, cascos adaptados, trámites de registro y licencias para Vemepes.
La prohibición de circular en banquetas o ciclovías podría limitar rutas antes utilizadas, obligando a redefinir trayectos. Sin embargo, estas regulaciones también traen beneficios: la reducción de accidentes laborales gracias a chalecos reflectantes, la mejora en la imagen corporativa al cumplir con normas de seguridad y la posibilidad de operar con mayor certidumbre jurídica.
El equilibrio entre seguridad y operatividad será clave
Las pymes deberán anticipar inversiones iniciales, pero a mediano plazo, estas reformas prometen entornos más seguros y predecibles. La capacitación en conducción defensiva en Nuevo León, por ejemplo, podría traducirse en menos bajas por accidentes y entregas más confiables. Además, el registro formal de motos en Puebla y CDMX no sólo facilitará el control ante autoridades, sino que podría disuadir el robo de unidades, un problema recurrente para negocios pequeños.
Aunque las nuevas regulaciones exigen una adaptación inmediata que podría resultar costosa, también sientan las bases para una logística urbana más profesional y segura. Para las pymes, la clave estará en aprovechar programas de apoyo gubernamental ver estas medidas no como obstáculos, sino como inversiones en sostenibilidad y eficiencia. El reto está en navegar este cambio sin perder agilidad.