La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dio a conocer que la NOM-012 sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal entrará en vigor el 13 de enero de 2015.
Tras cumplirse 60 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, la actualización de norma oficial mexicana tiene como objetivo el reordenamiento del autotransporte federal con base en la seguridad en las autopistas y carreteras del país; mejoramiento en la conservación de la infraestructura, promoción de la competitividad y contribución a la conservación del medio ambiente según la SCT.
Entre los principales elementos de esta norma destaca el hecho de que se mantiene el peso bruto vehicular para el tractocamión doblemente articulado o full en 66.5 toneladas, y para el full diferenciado 75.5 toneladas, mismos que únicamente podrán circular en caminos Tipo "ET" y "A" y, por excepción, en carreteras tipo B cuando cuenten con autorización especial de conectividad.
Los fulles deberán contar con equipamiento que contribuya a la seguridad, incorporando tecnología como GPS, frenos ABS, freno auxiliar de motor o retardador o freno libre de fricción; adicionalmente la velocidad máxima permitida para los fulles diferenciados (con peso adicional) será de 80 Km/hora.
Los conductores deberán acreditar experiencia y capacidades para operar vehículos doblemente articulados (fulles).
Se establece la limitante de utilizar semirremolques de hasta 12.19 m. (40 pies) en el acoplamiento de configuraciones doblemente articuladas. Por excepción, se podrán utilizar de hasta 12.81 m. (42 pies) exclusivamente para circular por caminos tipo "ET" y "A" y en caminos tipo "B", con la autorización especial de conectividad.
Para los vehículos unitarios y tractocamiones articulados sencillos, así como de los autobuses que operan con suspensión neumática o suspensión mecánica, se elimina la diferenciación, lo que permite establecer un peso único en estas configuraciones, se lee en la norma.
Además se establece la corresponsabilidad en el transporte de carros por entero. Para los casos de carga consolidada, el transportista absorberá la responsabilidad en caso de excesos de peso o dimensiones.
Resalta que la SCT podrá sancionar a los transportistas por infracciones en vehículos detectados por medio de sistemas de pesaje electrónicos y medición de dimensiones automatizada, mediante multas electrónicas.
PEMEX contará con el plazo de dos años para realizar las adecuaciones del equipo propio (camiones unitarios), que por su capacidad de diseño no cumple con los pesos máximos definidos en la norma, y en el cual transportan diésel y combustóleo.