2 de Febrero de 2026

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Resuelve la SCT expedir Reglamento de Mensajería y Paquetería

Redacción TLW®

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En un comunicado tripartita entre la CANACAR, la CANAPAT y la AMMPAC, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ha resuelto expedir un Reglamento de Mensajería y Paquetería, en consideración al artículo 58 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, “por lo cual dicho ordenamiento reglamentario debe basarse en las disposiciones prevalecientes de la ley y en la práctica que se ha dado para normar esta actividad”.

Las agrupaciones —se indica en el boletín— de las empresas de capital mexicano representativas del sector se pronuncian por la expedición del reglamento “de modo que no contravenga nuestro orden constitucional y además distinga el servicio de carga del de mensajería y paquetería y respete las normas de la Unión Postal Universal sobre peso y dimensiones así como para que los paquetes estén debidamente envueltos y rotulados”.

A través de 10 puntos, la SCT argumenta el por qué se debe emitir dicho reglamento y contextualiza cómo se regula este tipo de actividad en países como Canadá y Estados Unidos, en este último, se especifica, “las empresas estadounidenses pretenden dar una connotación diferente, ya que desean realizar el servicio de carga doméstica, actividad reservada por el TLCAN única y exclusivamente para mexicanos”.

“Es incorrecto afirmar que el marco jurídico del autotransporte nacional es el único aplicable a mensajería y paquetería. Ello desconoce que, desde su origen, la mensajería y paquetería ha sido regulada por la legislación sobre servicios de comunicación postal y que su régimen internacional está regido por los tratados de la Unión Postal Universal. Estas normas incluyen tanto el Servicio Público de Correos como el servicio de mensajería o Courier”, especificó la SCT.

Además refirió que en estos servicios hay estándares internacionales tal como el peso del paquete (31.5 kilogramos), lo que permite distinguir los servicios de mensajería y paquetería de los de carga. Incluso en Estados Unidos y Canadá se limita el peso del paquete a un nivel inferior al que lo limita México”, expuso la dependencia.

La ausencia del reglamento, señaló la SCT, “ha servido como excusa para impedir o dificultar el tránsito de bienes por caminos federales, lo cual es erróneo porque la paquetería no tiene dificultades para circular. Asimismo, se ha mencionado que empresas extranjeras no han podido o se encuentran imposibilitadas por nuestras leyes para realizar el servicio de paquetería y mensajería en México, comentario fuera de toda realidad ya que empresas extranjeras operan a lo largo y ancho de nuestro país desde los años”, se denunció.

Una vez emitidos sus argumentos, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes urge a que el Reglamento de Paquetería y Mensajería se emita a la brevedad, “apegado por entero a nuestro marco jurídico. Lo contrario, que se desprende de la confusión sembrada, permitiría a la inversión extranjera incursionar en autotransporte de carga doméstico sin otorgar a las empresas mexicanas del ramo el mismo trato que México brinda a las extranjeras”.

“Finalmente, el servicio de mensajería y paquetería para distinguirse del servicio de carga debe referirse al traslado de paquetes debidamente envueltos y rotulados, con un peso que no rebase las normas internacionales (31.5 kilogramos) y con vehículos ligeros no mayores al peso bruto vehicular que establece la NOM 012 sobre pesos y dimensiones”, concluye el documento.

 


Redacción TLW®

Equipo editorial de THE LOGISTICS WORLD®, conformado por periodistas especializados en la industria del transporte, supply chain, manejo de almacenes y tecnologías logísticas.

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