La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) presentó un decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las leyes de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, de Puertos, de Aeropuertos y Reglamentaria del Servicio Ferroviario.
Las modificaciones fueron publicadas el pasado 8 de junio en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Establecen reformas al artículo 6º. tercer párrafo y la adición del artículo 6º. Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Asimismo, se adicionan el artículo 23 Bis a la Ley de Puertos; el artículo 10 Bis de la Ley de Aeropuertos, y el artículo 8 Bis a la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.
Destaca la reforma al artículo 6º., tercer párrafo de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, ya que las concesiones para construir, operar, explotar, conservar y mantener los caminos y puentes federales se otorgarán hasta por un plazo de 30 años, las cuales podrán ser prorrogadas hasta por un plazo equivalente al señalado originalmente, en cualquier momento después del primer tercio de la vigencia de las mismas, cuando a juicio de la dependencia federal, se justifique la necesidad de realizar inversiones que no se hubiesen previsto en las condiciones originales de los títulos de concesión respectivos.
También podrán ser prorrogadas en cualquier momento durante su vigencia cuando se presenten causas que lo justifiquen, no atribuibles a los concesionarios, entre los que se incluyan demoras en la liberación del derecho de vía.
La adición del artículo 6º. Bis de esta ley establece que para el otorgamiento de los títulos de concesión o la resolución de las prórrogas a que se refiere, la SCT deberá tramitar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), en términos del Reglamento de esta Ley la opinión favorable sobre la rentabilidad económica del proyecto respectivo. En el artículo 23 Bis a la Ley de Puertos; el artículo 10 Bis a la Ley de Aeropuertos, y el Artículo 8 Bis a la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario también se aplicará la misma modificación. Así como el registro en la cartera de programas y proyectos de inversión, en términos del artículo 34 de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, cuando se consideren recursos públicos federales como parte de su financiamiento.
La resolución publicada en el DOF entró en vigor el 9 de junio de 2016.