Las reformas recientemente aprobadas a la Ley Federal de protección al consumidor podrían impulsar una Norma mexicana de comercio electrónico que invitará a la autorregulación a través de tres ejes, como el fortalecimiento institucional, precisiones a la ley y el fortalecimiento de los derechos del consumidor, que entre otros, reconoce el derecho del consumidor de revocar su consentimiento en cinco días, el aumento de garantía de 60 a 90 días y en el caso de reposición, el productor deberá ser nuevo.
Con esta reforma, el Fortalecimiento a los derechos del consumidor reconoce el derecho del consumidor de revocar su consentimiento dentro del periodo de cinco días hábiles (periodo de reflexión); aumentar el plazo de garantía de 60 a 90 días y en el caso de reposición del producto, deberá ser nuevo. También, se incorpora el concepto de ‘venta fuera del establecimiento mercantil’ en el capítulo V de ventas a domicilio y se constituye como parte responsable de la comercialización de tiempos compartidos a los intermediarios.
Esto es un gran avance porque el comercio electrónico es una forma muy novedosa de intercambio de bienes y servicios, pero aún no tiene un suelo parejo para los consumidores en el mundo, dijo Rogelio Cerda Pérez, Procurador Federal del Consumidor (PROFECO) durante una reunión con los integrantes de la mesa directiva de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN).
Otros ejes de la reforma a la Ley Federal del Consumidor son el Fortalecimiento institucional, con el cual existen avances importantes pues se faculta a la PROFECO para instruir el procedimiento administrativo de ejecución en el cobro de multas, se clasifica como caso particularmente grave el uso de un contrato de adhesión discrepante del registrado en la Procuraduría y el incumplimiento de disposiciones en materia de despachos de cobranza adquiere carácter de caso particularmente grave, entre otros.
En el eje Precisiones a la ley, se ajusta la definición de casas de empeño, sustituyendo el concepto de sociedades mercantiles por el de personas morales, se establece la prerrogativa para proveedores de usar investigaciones, encuestas y monitoreos de PROFECO con fines publicitarios y se instituye la autorregulación publicitaria, en la que la procuraduría o, a petición de parte, realizará una revisión previa.
Durante la reunión, Manuel Herrera, Presidente de CONCAMIN, expresó que el sector industrial está dispuesto a llegar a acuerdo y consensos a partir de la nueva Ley para lograr que existan beneficios tanto para proveedores como para consumidores.