La versión 3.0 del Complemento Carta Porte (CCP), o carta de porte digital, incluye un campo denominado “Logistica Inversa Recoleccion Devolucion”.
- Es un atributo del nodo “Mercancías”.
A través de ese atributo de carácter condicional, se expresa si se hace uso de alguno de los servicios de logística inversa, recolección o devolución para el traslado de los bienes y/o mercancías.
En el argot del transporte, la logística inversa se refiere al proceso de mover bienes desde su destino final para el propósito de capturar valor, o para su disposición adecuada.
Difiere de la logística ‘tradicional’ o ‘directa’, que gestiona el flujo de productos desde el fabricante hasta el cliente, explica un artículo de la firma Soltum Tencología.
La logística inversa se ocupa de lo que sucede con un producto después de que ha sido utilizado y cómo se retorna al ciclo de producción o se descarta de manera sostenible, añadió el escrito de la firma de desarrollo de software.
La logística inversa engloba conceptos como:
Reutilización
Devolver productos usados al fabricante para que puedan ser reacondicionados y vendidos nuevamente.
Devoluciones de productos
Gestionar el retorno de productos por parte de los clientes debido a defectos, insatisfacción o necesidades de reparación.
Desecho de residuos
Manejar de manera segura y sostenible los residuos generados por los productos al final de su ciclo de vida.
Definición de logística inversa
En la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 se adiciona la Regla 2.7.7.2.9., que establece que la logística inversa: “consiste en transportar bienes o mercancías al regreso de sus puntos de origen, ya sea por los procesos de retorno de inventario o devoluciones”.
El texto explica que para efectos fiscales, este concepto se refiere exclusivamente al transporte de bienes o mercancías de vuelta al punto del cual originalmente salió.
La misma regla establece el mecanismo a seguir para documentar esos traslados de retorno.
Los contribuyentes “deberán expedir un CFDI de tipo ingreso o traslado, según corresponda con complemento Carta Porte cumpliendo con los requisitos establecidos en el ‘Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte’”.
El complemento Carta Porte versión 3.0 se publicó en el portal del SAT en el mes de septiembre de 2023.
Actualmente existe un periodo de convivencia con la versión 2.0 hasta el 31 de marzo de 2024.
Respecto al apartado de logística inversa, la regla detalla:
Se puede habilitar para su registro cuando el tipo de servicio corresponda a una operación de logística inversa, recolección o devolución (LogisticaInversaRecoleccionDevolucion) descrita en el Apéndice 17.
Cuando el medio de transporte sea distinto de autotransporte, el campo logística inversa recolección o devolución (LogisticaInversaRecoleccionDevolucion) no debe existir.
¿Quiénes están obligados?
Los contribuyentes que realicen operaciones de logística inversa en autotransporte, deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte.
Dicho CFDI con complemento Carta Porte, además de amparar el traslado de los bienes y/o mercancías desde el punto de origen, servirá para amparar el traslado de los bienes o mercancías en aquellos casos en que exista una devolución.
También para aquellos que no se entregaron o se entregaron parcialmente al destinatario durante el trayecto que ampara el origen y destino mencionado en el citado complemento.
Eso siempre y cuando la mercancía que se retorna corresponda al mismo tipo y la cantidad sea igual o menor a la señalada en el CFDI con complemento Carta Porte.
Para el caso de aquellos que presten el servicio de paquetería y mensajería, no será necesario relacionar los números de guía de los paquetes que recolecten amparados en dicho CFDI con complemento Carta Porte.