La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dio a conocer el acuerdo que establece los lineamientos aplicables para verificar la masa bruta de los contenedores con carga antes de su embarque para transporte marítimo. Con ello, la dependencia federal da cumplimiento al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Convenio SOLAS).
La SCT informó que el acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entró en vigor el 18 de junio, a fin de que el 1 de julio de 2016 la carga de exportación que deba ser embarcada en un buque cuente con el Documento de expedición de la Masa Bruta Verificada (MBV).
A través de un comunicado, la dependencia mencionó que los lineamientos se establecen considerando que México es Estado Miembro de la Organización Marítima Internacional (OMI) y desde 1977 Gobierno Contratante del Convenio SOLAS.
Añade que el Convenio SOLAS establece la obligación de verificar la masa bruta de los contenedores llenos antes de su arribo a bordo del buque, para garantizar la seguridad del buque, de los trabajadores tanto a bordo como en tierra, de la carga y en general en el mar.
El documento puntualiza que los contenedores embarcados antes del 1 de julio de 2016 que no cuenten con la MBV y que deban ser transportados en esa fecha o posteriormente con destino a su puerto final de descarga, podrán ser transportados sin la MNV por la naviera. Ello siempre y cuando el expedidor o su autorizado acrediten mediante el conocimiento de embarque que efectivamente el contenedor fue embarcado antes de la entrada en vigor de la Enmienda.
Dichas Enmiendas se consideraron aceptadas a partir del 1 de enero de 2016 al no haberse notificado al Secretario General de la OMI por parte de los Gobiernos Contratantes del Convenio alguna recusación de las mismas.
La determinación se dio a conocer a través de la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante, Dirección General de Marina Mercante de la SCT, y la Secretaria de Marina mediante la Dirección General de Normas.