La nueva Ley de Pesos y Dimensiones para el Autotransporte Federal de Carga, que entrará en vigor el próximo 1 de junio, aprobada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), descartó la posibilidad de un impacto para el incremento en los precios de fletes, tarifas y productos.
El objetivo es hacer más eficientes las condiciones de seguridad, protección de la infraestructura carretera y el desarrollo de la actividad productiva de México, explicó Luis Téllez, Secretario de Comunicaciones y Transportes.
Tomás Martínez López, Gerente de Normatividad y Desarrollo de la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR), dijo que la nueva Ley de Pesos y Dimensiones para el Autotransporte Federal de Carga es importante, porque llena vacíos legales que existían, por ejemplo la norma establecida en 1997 no contenía los valores de peso bruto vehicular, y de dimensiones sólo en algunos casos.
Además, la Ley estable el procedimiento de evaluación de la conformidad, que implica cómo se debe verificar la norma, también establece quiénes son las dependencias que lo van a verificar.
Martínez López comentó que la resolución de la norma tardó tanto tiempo debido a los interesas particulares de cada organización, “ANTP quería 81 toneladas y media, CANACAR 75 y media, otras organizaciones pedían pesos más bajos y esa discusión es la que retardó el proceso.
“En realidad no se puede hablar de un ganador, creo que como país todos ganan, porque al disminuir el peso vehicular en la carretera hay mayor tránsito, movilidad, seguridad para los usuarios, conservación para la carretera”, expresó Tomás Martínez.
Al respecto, el titular de la SCT sostuvo que después de 14 años se llegó a una resolución, la cual precisa que se reduce el peso por eje, tipo de camino y peso bruto de la mayoría de las combinaciones vehiculares.
Por ejemplo, “en las carreteras tipo B (caminos de conexión que representan 26.7% de los caminos del país), el peso bruto vehicular (PBV) de las dobles combinaciones bajará de 81 toneladas a 66 y se eliminará su circulación de estas combinaciones en los caminos tipo C, sin permiso previo, (carreteras alimentadoras, que representan 16% de la red)”.
Además la nueva NOM agrega que se elimina la discrecionalidad para circular por caminos de menor especificación hasta por 150 kilómetros. Una vez que entre en vigor la nueva ley se requerirá de un permiso específico de la SCT donde, en su caso, se establecerán las condiciones de seguridad con las que deben circular, reiteró el funcionario.
Y para garantizar la seguridad de los usuarios de las carreteras, a fin de disminuir el índice de accidentes, se establece que es necesario que el parque vehicular del autotransporte incorpore equipos con tecnologías más avanzadas, disponibles en México para incrementar la seguridad y la oferta de servicio.
Otro aspecto que se indica en el documento es que “se requieren esfuerzos adicionales para incrementar la competitividad del autotransporte en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, mediante el desarrollo de la infraestructura, la seguridad, la modernización del parque vehicular, la inspección y vigilancia, tráfico seguro, corresponsabilidad de los usuarios y prestadores del servicio”.
Sin embargo, Roberto Yáñez Aguilar, Presidente de la CANACAR, opinó que la actualización de la norma pretende favorecer a los transportistas privados, ya que sus unidades podrán circular hasta con 79 toneladas de peso, lo que provocará un grave deterioro a las carreteras y los puentes del país.
Durante la reunión mensual de la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga en Michoacán, denunció que “en la actualidad los camiones de las refresqueras circulan hasta con 81 toneladas y media, cuando lo autorizado son 75 toneladas y media”.
Yáñez Aguilar expuso su preocupación porque al entrar en vigor la nueva Ley de Pesos y Dimensiones, “el Servicio Público Federal no estará en condiciones de aumentar su capacidad, lo que solamente favorecerá a las grandes empresas cerveceras, refresqueras y otras”.
Roberto Yáñez expresó que los pesos autorizados para el transporte de carga no estén acordes con los requerimientos nacionales, ya que en otras naciones no se autoriza tanta carga.
“Por ejemplo en Estados Unidos sólo se autorizan 36 toneladas y media, y en Europa nada más se permiten 40 toneladas. En Canadá se concede que se transporten hasta 62 toneladas y media, y en los países de Latinoamérica 45 toneladas”, explicó.