A fin de brindar certidumbre jurídica a los agentesinvolucrados y puedan dar cumplimiento a las leyes, tratados comerciales ydemás ordenamientos generales que son de su competencia, la Secretaría deEconomía (SE) publicó en el Diario Oficial un acuerdo por el que emite unaserie de reglas y criterios de carácter general en el ámbito de comercioexterior.
En este sentido se incluyeron nuevos apartados en temas comocertificaciones de origen para exportadores, así como un nuevo título referentea la Ventanilla Digital de Comercio Exterior, específicamente en el segundotítulo -Aranceles y Medidas de regulación y restricción no arancelarias enmateria de Comercio Exterior- que detalla los certificados de origen y númerosde exportador autorizado.
En el documento se indica que el carácter de exportadorautorizado permite a quienes exportan mercancías a los países de la ComunidadEuropea de Libre Comercio y a Japón, prescindir del uso de certificado deorigen y en su lugar extender una orden de entrega o cualquier otro documentocomercial, según sea el caso.
Sin embargo, el organismo gubernamental enlista una serie deproductos en los cuales el carácter de productor autorizado no podrá serutilizado, ya sea porque se requiere de la expedición de un certificado decirculación o porque existe un acuerdo previo que lo impide.
Asimismo, incluye el título denominado Ventanilla Digital deComercio Exterior, en el que se detalla las disposiciones para la presentaciónde solicitudes, los requisitos para realizar trámites y los plazos de lasresoluciones de las gestiones que los usuarios pueden realizar de maneraelectrónica.
La SE resaltó que para utilizar esta herramienta tecnológicaes necesario registrarse en el portal de la ventanilla única en donde tambiénse darán a conocer gradualmente la liberación de los mismos.
Fuente: www.noticierostelevisa.esmas.com