Las facilidades otorgadas para el esquema de expedición de comprobantes fiscales que estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2011 terminaron el pasado 1 de julio informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que los contribuyentes deben realizar los ajustes necesarios a sus sistemas o comprobantes, según corresponda para emitirlos conforme a lo que se establecen las disposiciones fiscales.
Aquellos que usan la factura electrónica deberán utilizar de manera obligatoria las versiones autorizadas por el SAT con los estándares técnicos vigentes y en el caso de los comprobantes en papel con código de barras, éstos deberán incluir los nuevos requisitos que les apliquen (unidad de medida, identificar el medio de pago, etcétera).
No obstante lo anterior, en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, se establecen facilidades para que los contribuyentes puedan cumplir con la emisión adecuada de sus comprobantes fiscales, entre las que se encuentra, por ejemplo, el requisito de señalar el régimen fiscal, el cual se tendrá por cumplido cuando se indique en el apartado correspondiente la expresión “no aplica”.
Además, respecto a la unidad de medida, en los casos de prestación de servicios o del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, el requisito se tendrá por cumplido cuando se asiente la expresión “no aplica”.
También se habilitará la opción para que los contribuyentes puedan expedir facturas electrónicas, versiones Comprobante Fiscal Digital (CFD) o Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI de forma simultánea.
Las facturas y demás comprobantes impresos por establecimientos autorizados hasta 2010, seguirán siendo válidos en tanto continúen vigentes y no es necesario incorporarles nuevos requisitos.
Los comprobantes fiscales impresos hasta diciembre de 2010 tienen una vigencia limitada de dos años a partir de la fecha de impresión, por lo cual los contribuyentes deben migrar al esquema de factura electrónica o de comprobantes impresos con código de barras, según sea el caso, y para facturar electrónicamente o expedir comprobantes fiscales impresos con código de barras es indispensable contar con Firma Electrónica Avanzada