Estados Unidos flexibilizó sus regulaciones internas para cancelar, de ser necesario, los permisos a las empresas mexicanas que prestan servicios de transporte transfronterizo por carretera.
El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) incluyó por primera vez el concepto de “daño” a un país como consecuencia de la prestación de esos servicios.
Además de esta desventaja, la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (USITC) publicó el pasado 8 de abril el mecanismo a implementar para las disposiciones del T-MEC sobre las investigaciones de los servicios de transporte transfronterizo de México.
“Estos cambios pudieran facilitar que se suspendan los permisos a empresas mexicanas”, opinó Israel Morales, director de tratados internacionales del Consejo Nacional de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación (Index).
Cuando se firmó el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) se proporcionó a los camiones comerciales mexicanos pleno acceso a cuatro estados fronterizos de Estados Unidos en 1995, y acceso completo a todo el país en 2000.
Por temas de seguridad, Estados Unidos no implementó estas disposiciones, por lo que México objetó y afirmó que esas acciones constituían una violación de los compromisos del tratado.
Actualmente se usan tres transportistas de camiones en el comercio entre ambas naciones: uno que lleva el remolque a las ciudades fronterizas, otro que cruza la frontera y uno más que viaja por el segundo país.
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