23 de Febrero de 2026

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Actualidad logística

¿Cuáles son las 13 nuevas medidas para el transporte de sustancias peligrosas en CDMX?

Tras la explosión en Iztapalapa, Clara Brugada endurece límites de velocidad y horarios de tránsito
Laura Herrera
accidente pipa

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El pasado 10 de septiembre, en el transitado puente la Concordia, en Iztapalapa, una pipa que transportaba 49,500 litros de gas LP se volcó; al instante, liberó una enorme nube blanca de gas que al encontrar una chispa desató una gran tragedia: varias explosiones causaron la muerte de 31 personas y dejaron 53 heridos, 12 de ellos aún permanecen hospitalizados. Ante este panorama, el gobierno federal anuncio nuevas normas de seguridad y la Ciudad de México presentó un conjunto de 13 medidas de tránsito para regular el transporte de sustancias peligrosas en vialidades de la capital del país.

Durante una conferencia en el Antiguo Palacio del Ayuntamiento, el 30 de septiembre, la jefa de Gobierno, Clara Brugada, explicó que estas acciones buscan “garantizar un transporte seguro” mediante límites más estrictos de velocidad, horarios, rutas específicas y mayores sanciones.

Hay cinco ámbitos en los cuales estamos regulando, uno de ellos es límites más estrictos de velocidad, otros son rutas prioritarias y carriles específicos de circulación, regulación de horarios de tránsito, permisos, requisitos y controles reforzados a este tipo de vehículos, multas sanciones, supervisión de la aplicación de las medidas”, aseguró Brugada.

La jefa de Gobierno ofreció una conferencia en el Antiguo Palacio del Ayuntamiento para dar a conocer las nuevas medidas. Foto: Gobierno de la Ciudad de México.

¿Cuáles son las 13 medidas para el transporte de sustancias peligrosas en la CDMX?

La jefa de Gobierno de la CDMX explicó que estas 13 medidas aplicadas al transporte de sustancias peligrosas implicarán reformas al reglamento de tránsito y otras disposiciones legales, pero ¿cuáles serán los cambios?

  1. Límite de velocidad: máximo de 30 km/h para vehículos que transporten materiales peligrosos.
  2. Capacidad máxima: prohibida la circulación de unidades con más de 40,000 litros de carga tóxica o inflamable.
  3. Vías secundarias: prohibida la circulación de pipas con más de 10,000 litros de hidrocarburos.
  4. Horarios de tránsito: unidades con más de 20,000 litros solo podrán circular entre las 22:00 y las 5:00 horas.
  5. Accesos controlados: queda prohibido el paso de transportes con sustancias peligrosas por vías de alta velocidad.
  6. Multas duplicadas: sanciones más severas para quienes incumplan las disposiciones.
  7. Radares móviles: instalación en los cinco accesos carreteros a la CDMX (México-Pachuca, México-Querétaro, México-Toluca, México-Cuernavaca y México-Puebla).
  8. Licencia E-12: exigirá constancia del curso de manejo de sustancias peligrosas y la constancia de capacitaciones que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes autoriza para las licencias de conducir federales.
  9. Verificación Sener: dictamen obligatorio de una unidad verificadora sobre el cumplimiento de la NOM-007-SESH-2010.
  10. Control técnico ASEA: dictamen de cumplimiento técnico y ambiental para los vehículos de transporte.
  11. Protección civil: nuevos términos para programas internos en distribución de gas y combustibles.
  12. Puntos de revisión: inspecciones aleatorias en zonas seguras designadas.
  13. Coordinación federal: convenio con Sener y ASEA para operativos conjuntos y sanciones en casos de reincidencia.

El secretario de Seguridad Ciudadana, Pablo Vázquez Camacho, precisó que los controles se aplicarán en los accesos carreteros con operativos interinstitucionales y supervisión externa para garantizar su legalidad.

Debido al riesgo que representa este tipo de carga, los vehículos no podrán ser detenidos en zonas urbanas, sino canalizados hacia áreas de baja exposición para su inspección.

Las medidas se alinearán con las normas anunciadas por Sheinbaum

Brugada añadió que la capital alineará su reglamento con las disposiciones del Gobierno Federal y convocó a la ciudadanía a “participar en la construcción de una cultura de prevención y reporte de anomalías”.

Cabe mencionar que, unos días después del anuncio de las medidas para la Ciudad de México, la presidenta Claudia Sheinbaum presentó la Nueva Regulación de Seguridad para el transporte y distribución de Gas Licuado de Petróleo (Gas LP), la cual consta de dos normas emergentes: la NOM-EM-006-ASEA-2025 (transporte) y la NOM-EM-007-ASEA-2025 (distribución).

Antes de este anuncio, ya había una norma para el transporte de materiales peligrosos, la NOM-007-SESH-2010, pero el gobierno de Sheinbaum explicó que regulaba tanto el transporte como la distribución de gas LP; ahora, lo que buscan es que ésta se complemente con las nuevas NOM-EM-006-ASEA-2025 y NOM-EM-007-ASEA-2025 que sí diferencian ambas actividades.

La nueva normativa federal fue desarrollada conjuntamente por la Secretaría de Energía (Sener), la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) y la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA).


Laura Herrera

Periodista con experiencia en sitios digitales como El Universal, Univision, Condé Nast y TecScience. Apasionada por la investigación y el storytelling.

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