La explosión ocurrida el 10 de septiembre en la delegación Iztapalapa de la Ciudad de México, que hasta el momento ha provocado la muerte de ocho personas y dejó más de 90 heridos, 23 de ellos en estado crítico, puso bajo la lupa al transporte de gas LP, recordando a la industria que mover materiales peligrosos no solo implica eficiencia, sino un cumplimiento estricto de normas, protocolos de seguridad y pólizas de seguro vigentes.
El miércoles, alrededor de las 2:20 de la tarde se volcó una pipa que transportaba 49,500 litros de gas LP en el puente de la Concordia, una transitada zona que conecta a la CDMX con el Estado de México. Al instante, el gas comenzó a liberarse provocando una enorme nube blanca que al encontrar una chisca desencadenó varias explosiones; sus letales consecuencias, hacen imprescindible repasar el marco normativo vigente relacionado con el transporte de materiales y residuos peligrosos, así como los permisos, licencias y documentación exigida por la ley.
Marco normativo vigente
El Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos (RTTMRP) obliga a que toda unidad que movilice combustibles por vías federales cuente con autorizaciones específicas, documentación en regla y medidas de seguridad. A ello se suman varias Normas Oficiales Mexicanas:
- NOM-007-SESH-2010 (SENER/ASEA): fija las condiciones de seguridad, operación y mantenimiento de los vehículos que transportan y distribuyen gas LP (inspecciones, dispositivos de seguridad, mantenimiento de autotanques).
- NOM-003, 004 y 005-SCT: establece etiquetado de envases y embalajes, sistemas de identificación/rotulado de unidades y hojas de información de emergencia que deben viajar con la carga.
- NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2023: sustituyó a la NOM-043-2003. Define la información obligatoria que debe integrar el Documento de Transporte y la declaración de que la remesa está debidamente clasificada, embalada, marcada, etiquetada y en condiciones para su transporte (obligatoria para expedidor, transportista y destinatario).
Documentación mínima y controles
Para circular, las empresas deben garantizar que cuentan con los siguientes documentos:
- Permiso y placas de materiales peligrosos emitidos por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
- Licencia Federal tipo E para operadores, con aptitud psicofísica y capacitación vigentes.
- Documento de Transporte, hoja de emergencia y señalización conforme a las NOM.
- Inspecciones y mantenimiento del equipo conforme a NOM-007-SESH-2010 (válvulas, mangueras, pruebas, bitácoras), bajo supervisión de unidades de verificación acreditadas/ASEA.

El seguro: un requisito crítico
Todo vehículo que circule en vías federales debe contar con seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. El Acuerdo 07/2014 refuerza esta obligación y sanciona la operación sin póliza vigente.
En caso de no contar con un seguro, la empresa transportista involucrada en un accidente enfrenta no solo multas y sanciones, sino también la obligación de asumir directamente los costos de reparación de daños, indemnizaciones y posibles suspensiones de operación.
Aquí las responsabilidades legales por actor:
- Expedidor (cargador): clasificar y embalar la mercancía de forma correcta, emitir el Documento de Transporte y garantizar información de emergencia.
- Transportista: verificar que la unidad, el conductor, la señalización y el seguro estén en regla; además, capacitar al personal y dar mantenimiento al equipo.
- Conductor: portar la licencia adecuada, cumplir con los protocolos de seguridad y operar conforme a procedimientos de carga y maniobra.
- Autoridades: inspeccionar, sancionar y coordinar la respuesta en emergencias.
Mejores prácticas operativas
La prevención y la gestión de riesgos se consolidan como factores críticos para el sector:
- Mantenimiento sistemático de unidades y dispositivos de seguridad.
- Checklist documental antes de cada viaje: póliza vigente, Documento de Transporte, hoja de emergencia y rotulado.
- Capacitación continua en conducción defensiva, maniobras y protocolos de emergencia.
- Planeación de rutas seguras y monitoreo telemático de velocidad, fatiga y desvíos.
- Tolerancia cero a pólizas vencidas, con sistemas de alerta y bloqueo operativo.
- Comunicación de crisis clara y rápida hacia autoridades, clientes y comunidad.

¿Qué es el gas LP?
El gas licuado de petróleo, también conocido como gas LP o GLP, es un combustible derivado del petróleo y del gas natural, compuesto principalmente por butano y propano, de acuerdo con un documento publicado por la Dirección de Movilidad y Transporte de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee).
Se obtiene durante la destilación del petróleo crudo o mediante el enfriamiento del gas natural, y gracias a su facilidad de compresión y transporte en forma líquida, se utiliza ampliamente en hogares, industrias y vehículos, incluidos microbuses y montacargas en México desde la década de 1980. Su combustión es eficiente y no tóxica, pero es altamente inflamable.
Por ello, en cada viaje se recomienda que las flotas de gas LP hagan un checklist con:
- Permisos y placas de materiales peligrosos vigentes.
- Licencia Federal tipo E con examen psicofísico aprobado.
- Seguro de responsabilidad civil en regla.
- Documento de Transporte, hoja de emergencia y rotulado completo.
- Inspecciones NOM-007 documentadas.
- Plan de rutas alternas y monitoreo en tiempo real.
- Equipo de respuesta a emergencias disponible en cada unidad.
El cumplimiento con documentos y la vigencia de seguros no son un simple requisito administrativo: son la línea que separa una operación segura de una crisis con altos costos humanos, legales y financieros. Para el sector logístico, este caso es una llamada a auditar flotas, reforzar protocolos y garantizar que cada unidad que transporta combustibles lo haga bajo estándares de seguridad impecables.